Aclaraciones diversas dudas complemento de comercio exterior del CFDI

Madian Medel

A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL: Como es de su conocimiento, desde el pasado 1 de enero del presente entró en vigor la obligación contemplada en la Regla 3.1.34 de las RGCE, respecto a la transmisión del CFDI con un complemento de comercio exterior, en el caso de exportaciones definitivas realizadas mediante pedimento clave A1, en las que exista enajenación. Sobre el particular, se han presentado ciertas dudas entre nuestros agremiados y la comunidad de comercio exterior, por lo que se ha gestionado con la autoridad aduanera la aclaración de las mismas. A continuación se detallan los supuestos consultados y la respuesta emitida para cada uno de ellos:

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