A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAL:
Hacemos de su conocimiento que la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), con fecha del 10/02/2022 ha dado a conocer el siguiente "Aviso" sobre el "Identificador FC Fracción correlacionada", el cual detallamos a continuación:
Se realizan las siguientes consideraciones aplicando al identificador FC Fracción correlacionada:
1. Se deberá declarar en pedimentos de cambio de régimen claves “F4” y “F5”, cuando la fracción arancelaria con la que se importaron temporalmente las mercancías hubiera cambiado desde la fecha de importación temporal a la fecha en que se realiza la operación actual .
2. Se deberá declarar en pedimentos de regularización de mercancías clave “A3”, cuando la fecha de entrada sea distinta a la regularización y la fracción arancelaria hubiera cambiado a la fecha en que se realiza la operación actual.
3. . Quienes declaren la clave de identificador “FC”, declararán los complementos conforme a lo siguiente:
Complemento 1: actualmente solo es aplicable declarar la clave “1” por lo que, no es procedente declarar la clave “2”.
Complemento 2: se deberá declarar la fracción arancelaria correlacionada a 8 dígitos sin caracteres especiales (', “, ´, *, -, _).
Complemento 3: se deberá declarar nulo o vacío cuando la fracción arancelaria correlacionada no tenga Número de Identificación Comercial asociado a la fecha de la operación original.
Para mayor referencia se adjunta el Aviso en comentario.
CAAAREM.